Con los cambios en el procedimiento de facturación de Monotributistas y Exentos, hacen que los tomadores de servicios o adquirientes de bienes deban controlar la documentación recibida por la transacción efectuada.
Atento a los recientes cambios de AFIP en materia de facturación de sujetos Monotributistas y Exentos (sobre todo para Monotributistas) a partir del 01/01/2015 no se pueden recibir más facturas C que no contengan el:
· CAI en el caso de facturas manuales impresas.
· CAE en el caso de facturas electrónicas.
Por ello, es recomendable tener esta precaución al momento de recibir documentos que respalden operaciones comerciales, sobre todo proveniente de Monotributistas.
A nuestros clientes les recordamos que cuando reciben facturas, pueden verificar en línea, en la web de AFIP la validez del comprobante recibido, en estos links:
· Para el caso de facturas manuales impresas (llevan CAI): http://www.afip.gob.ar/genericos/imprentas/facturas.asp
· Para el caso de facturas electrónicas (llevan CAE): http://www.afip.gob.ar/genericos/consultacae/
Consultas al tel.: 0351-4510903 / 0351-157670034 – mail: consultas@lgbestudiocontable.com.ar