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Gastos en el exterior y compra de dólar ahorro: En Julio AFIP habilitará la devolución de las percepciones del año 2015

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) iniciará en julio la devolución de los montos percibidos en 2015 por compras de dólar ahorro o por consumos con tarjeta en moneda extranjera (compras en el exterior / compras en portales web).

Tal cual se había anticipado por parte de AFIP, desde Julio se podrá solicitar la devolución de las percepciones por compras en el exterior y compras de dólar ahorro y para turismo. La fecha responde a que el próximo 30 de junio, opera el plazo para que quienes están en relación de dependencia presenten sus declaraciones informativas de Ganancias correspondientes al año vencido (2015).

Continuando con lo dispuesto en enero, AFIP continuará con el programa de devolución de estas percepciones en caso de que el contribuyente reúna las características. Vale recordar que el organismo inició un esquema de devolución en cuotas,  comenzando por lo acumulado en el periodo comprendido entre 2012 y 2014 y que comenzó a devolverse en cuotas de hasta $6.000 via transferencia bancaria.

Por las percepciones realizadas en 2015, la AFIP aun no informó cómo será el nuevo plan de pagos, pero se supone que se respetará el mismo plan que el utilizado para las devoluciones de los años 2012 a 2014, comenzando en Agosto.

Hasta ahora, quienes estaban en condiciones de hacer el reclamo de la devolución de los fondos podían cargar los datos correspondientes en la Web del organismo, pero no enviarlos. Con lo cual formalmente no se podía iniciar ningún pedido de devolución.

 

Requisitos:

Aquellos que deseen reclamar los fondos deberán:

  • Tener clave fiscal con nivel de seguridad 3
  • Registrar previamente en AFIP el número de CBU de una cuenta bancaria, en donde luego se le acreditará el dinero.
  • Completar el formulario F746/A por web.

 

Quienes pueden solicitar la devolución:

Los contribuyentes que pueden solicitar la devolución por este procedimiento incluye a:

  • Sujetos no inscriptos en el Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales
  • Sujetos inscriptos únicamente en Bienes Personales
  • Monotributistas no inscriptos en Bienes Personales
  • Empleados en relación de dependencia sin retenciones en Ganancias de Cuarta Categoría.

 

Fuente: Florencia Donovan – La Nación.

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2 comentarios en «Gastos en el exterior y compra de dólar ahorro: En Julio AFIP habilitará la devolución de las percepciones del año 2015»

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