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AFIP implementó un nuevo plan para pago de Ganancias y/o Bienes Personales según perfil de riesgo

AFIP sustituyó el «Régimen de facilidades de pago» especial para contribuyentes del Impuesto a las ganancias y/o sobre los bienes personales y el saldo resultante a pagar. Ahora se tienen en cuenta el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).

El nuevo plan de pago podrá solicitarse para la cancelación del saldo de impuesto resultante de la declaración jurada, incluyendo intereses y multas, pero no implica reducción de intereses.

Dicha  facilidad en cuotas, beneficia a los contribuyentes y responsables de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales que se encuentren incluidos en las Categorías A, B, C o D del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”, quienes podrán solicitar la cancelación del saldo de impuesto resultante de la declaración jurada (incluyendo intereses y multas), la cantidad de cuotas varía de 1 a 3.

 

Personas Humanas podrán incluir deudas del período fiscal 2016

Personas Jurídicas podrán incluir deudas del período fiscal 2017

La solicitud del nuevo plan podrá hacerse desde el primer día del mes de vencimiento de la obligación de pago hasta el último día del mes siguiente.

 

Variables que se tienen en cuenta 

– Tipo de sujeto (persona humana/sucesión indivisa o persona jurídica).
– Categoría en el “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”. Ver mas que sobre SIPER aqui.
– Tasa de financiación vigente al momento de la consolidación.
Las tasas de financiamiento aplicables a cada período mensual se publicarán en el sitio web de la AFIP, en el micrositio “MIS FACILIDADES”.

 

Condiciones

– El monto del pago a cuenta y de cada cuota deberá ser igual o superior a $ 1.000.-
– Para efectuar el ingreso del importe del pago a cuenta se deberá generar un VEP, que tendrá validez hasta la hora 24 del día de su generación.
– La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente a la fecha de cancelación del pago a cuenta.
– Con la confirmación de la cancelación del pago a cuenta se producirá, en forma automática, el envío de la solicitud de adhesión del plan.
– La presentación del plan será comunicada al contribuyente a través del servicio “e-Ventanilla” al que podrá acceder mediante la respectiva Clave Fiscal.
– Sólo se admitirá un único plan por cada obligación (impuesto, período fiscal y establecimiento).

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