A través de la Resolución General N° 3793, que consta de 2 artículos, publicada en el Boletín Oficial en el día de la fecha AFIP finalmente prorrogó hasta el 31 de marzo de 2016, la obligatoriedad de adherir al régimen de emisión de comprobantes electrónicos originales dispuesto por las Resolución General N° 3749.
Por lo tanto, la obligación de emisión de comprobantes electrónicos establecida en los Títulos I (Régimen General de Factura Electrónica para Responsables inscriptos en IVA) y III (Emisión de Comprobantes Electrónicos Originales – Reemplazo de Regímenes Informativos) de la Resolución General N° 3749, se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados por la norma se incorporen al régimen hasta el 31 de marzo de 2016.
Por su parte, y con relación a los regímenes de información del Anexo de aquella Resolución, regirá el mismo plazo.