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Desde Agosto, menos margen para la compra de dólar ahorro

Con motivo del nuevo salario mínimo vital y móvil -desde agosto $5.588-  se actualizó el valor mínimo a partir del cual una persona puede adquirir la moneda extranjera, previa autorización de AFIP.

El aumento en cuestión genera una actualización del monto que AFIP fija para que empleados en relación de dependencia, monotributistas y trabajadores autónomos, puedan acceder a adquirir “dólar ahorro”. También, en muchos casos, esta actualización implica la pérdida de la posibilidad de conseguir la autorización de AFIP.

Básicamente el motivo es el monto mínimo de ingresos mensuales necesarios para comprar moneda extranjera, en el mercado oficial de cambios -recordando que se aplica una percepción del 20% si se retiran los billetes de la entidad bancaria, o una percepción nula si se desea mantener los dólares en cuenta bancaria por un año-.  es desde el mes de agosto de $11.176 (antes, $9.432)

 

La fórmula de AFIP para autorizar

En primer lugar, se deben considerar 2 topes, uno mínimo de ingresos y otro máximo de posibilidad de compra. En cuanto al primero, el importe mínimo del promedio de ingresos brutos mensuales, es de $11.176 (dos sueldos mínimos vitales y móviles); para aquellos casos en que pueden demostrar ese nivel de ingresos, sólo se puede destinar el 20% de los mismos. En el caso del segundo tope, hace referencia a la cantidad máxima de compra mensual, y el mismo es de U$S2.000.

 

Autónomos, Monotributistas y Empleados en relación de dependencia

En cuanto a los trabajadores en relación de dependencia, el escalón de sueldos brutos que habilitan a comprar dólares es 11.176 pesos.

Para los autónomos a efectos de calcular el ingreso promedio anual neto se considera la última ( año 2014) declaración anual del Impuesto a las Ganancias presentada.

Para los Monotributistas, se toma el ingreso máximo del parámetro de la categoría de encuadre en este Régimen. La categoría “E”, que tiene un límite máximo de $144.000 ingresos brutos anuales (promedio de $12.000 mensual) es la Categoría a partir de la cual un trabajador monotributista puede adquirir dólar ahorro. Esta situación se modificará en Enero de 2016 si los parámetros no se actualizan, y aquellos Monotributistas Categoría «E» quedarán excluidos de la posibilidad de compra, habilitándose recién a partir de la Categoría «F» en adelante.

Placa resumen:

 

Fuentes:

• AFIP
• Iprofesional

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