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Empleadores pueden reducir su costo laboral

¿En qué consiste  el nuevo Régimen de Promoción del Empleo Registrado, implementado en la Ley 26940? Aquí los principales puntos que el Empleador (sea Micro o no) debe conocer.

La ley establece tres herramientas de promoción del Empleo Registrado:

1) Régimen permanente de reducción de contribuciones para Microempleadores.

2) Régimen transitorio de promoción a la contratación de trabajo registrado para Pyme.

3) Convenios de Corresponsabilidad Gremial.

 

Reducción de contribuciones para microempleadores

Las empresas que se encuadren con los requisitos ingresan al régimen de forma permanente, pero no lo hacen de forma automática.

Se define la categoría de microempleador por distintos parámetros:

-Sujeto: persona física, monotributista, sociedades de hecho, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones civiles.

-Tamaño: dotación de hasta un total de 5 trabajadores.

-Facturación: que el año anterior no haya facturado más de $ 2.400.000 bruta anual.

Beneficios:

-Descuento o reducción de las contribuciones patronales para las relaciones por tiempo indeterminado: 50% en jornada completa y 25% en jornada parcial. No se incluyen las contribuciones por obra social.

-Cuota máxima de la ART. Hay un tope a lo que las aseguradoras pueden cobrarle a los empleadores encuadrados. Actividades primarias: 11%; Construcción: 12%; Industria y servicios de transporte: 5%; Comercio y otros servicios: 3%.

Los empleadores que incrementen su nómina hasta 7 trabajadores  siguen en el régimen pero pagarán contribuciones sin descuento por los empleados Nº 6 y  Nº 7.

El beneficio es para relaciones laborales existentes y para las nuevas relaciones.

Reducción transitoria para nuevos trabajadores

Este régimen se aplica a las contrataciones con las siguientes características:

Nueva relación por tiempo indeterminado.
Incremente la nomina de personal respecto de marzo de 2014.
Empleadores con dotación de hasta 80 trabajadores.

Beneficio:
Reducción de contribuciones patronales por 24 meses.
No incluye obra social y art.
Optativo (se activa sólo si el empleador lo pide)
De cuánto es la reducción de las contribuciones:

Empresas hasta 15 trabajadores: los primeros 12 meses, 100% de descuento, y 75% los 12 meses restantes.
Empresas de más de 15 empleados. Descuento de 50% por los 24 meses.
Según la estimación del Ministerio de Trabajo, alrededor de la mitad de los empleadores formales del sector privado de Argentina estarán alcanzados por estos regímenes. Son cerca de 300 mil microempresas y PYME, y 560 mil trabajadores (8,8% del total privado).

Una aclaración
Los microempleadores pueden combinar los dos regímenes. Por ejemplo, si una empresa tiene dos trabajadores y contrata un tercer trabajador, este tiene el 100% de reducción el primer año y el 75% en el segundo. Se ahorra el 50% de los que ya tiene registrados. Y por el nuevo no paga nada el primer año.

Además, por los tres va a tener un límite a la cuota de la ART  (se reduce alrededor del 50% respecto al monto actual). Así, el primer año, el blanqueo sería «gratis”.

 

Fuente: CPCE Córdoba

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