A partir del mes de Septiembre (el vencimiento opera en los primeros días del mes de octubre), los autónomos afrontarán nuevos valores, ajustados al 17,21% de lo que representa la movilidad previsional.
Las nuevas rentas de referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos, son las siguientes:
Categorías | Rentas de referencia en $ |
I | 1.873,41 |
II | 2.622,76 |
III | 3.746,82 |
IV | 5.994,90 |
V | 8.242,98 |
En cuanto a los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino son:
a) Límite mínimo: $ 1.124,06.
b) Límite máximo: $ 36.531,48.
En materia de aporte mensual de los trabajadores autónomos para las categorías mínima de revista son los siguientes:
Categorías | Importes en $ |
I | 599,48 |
II | 839,28 |
III | 1.198,98 |
IV | 1.918,36 |
V | 2.637,76 |
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