Desde el 1 de enero de 2018 comenzarán a regir los nuevos valores de las categorías de Monotributo con el incremento del 28% respecto del año anterior.
Deben tenerse en cuenta para abonar la cuota mensual del 1 al 20 de este y los siguientes meses mediante alguna de estas opciones:
– Transferencia electrónica: Generamos el volante electrónico de pago (VEP) indicando uno de los medios de pago disponibles para que luego realices el pago a través de la banca electrónica que utilices. Bancos y medios de pago que operan con VEP.
– Tarjeta de crédito o débito.
– Débito automático en cuenta o en tarjeta de crédito: por este medio se puede acceder al beneficio del reintegro por cumplimiento.
– Pago en cajero automático.
– Cualquier otro medio de pago electrónico admitido por el BCRA.
Además, a partir de estos nuevos valores, se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses; es decir desde Enero hasta Diciembre 2017 (facturación, gastos en locales y demás) y si hubo cambios en alguno de estos aspectos, se está en la obligación de recategorizar. De esta manera el sistema encuadrará en la categoría que corresponde.
Recordamos que en enero la recategorización es opcional, si no hubo modificaciones en el desarrollo de tu actividad, no debemos realizar ningún trámite.
A continuación las tablas con las nuevas Categorías de Monotributo a partir de Enero 2018.