AFIP estableció un procedimiento general para la evaluación periódica de contribuyentes. ¿En qué consiste?
La Administración Federal de Ingresos Públicos estableció un procedimiento para evaluar periódicamente a los contribuyentes y responsables mediante controles sistémicos, el que refleja si el mismo tiene incumplimientos y/o inconsistencias.
La evaluación se está reflejadando en el «Estado Administrativo” de la Clave Única de Identificación Tributaria, según lo establece la reciente RG 3.832. Para acceder a la información, el Contribuyente debe acceder al servicio «Sistema Registral», allí en «Consultas» encontrará un nuevo servicio habilitado: «Estado Administrativo de la CUIT».
El resultado indica distintos grados de acceso y operación de los servicios «web” disponibles con Clave Fiscal y los trámites de la AFIP.
Los «Estados Administrativos de la C.U.I.T.” pueden ser estos:
– Activo: Sin Limitaciones.
– Limitado por Falta de Inscripción en Impuestos /Regímenes.
– Limitado por Falta de Presentación de Declaración Jurada.
– Limitado por Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada.
– Limitado por Inclusión en «Base de Contribuyentes No Confiables”.
– Inactivo: Estado preexistente utilizado para situaciones especiales.
La evaluación periódica se realizará para sujetos con fecha de inscripción previa la 1° de enero del año inmediato anterior a la fecha de proceso.
Fuentes de información:
– Boletín Oficial
– CPCE Córdoba