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Nuevo procedimiento para determinar el estado de la CUIT

AFIP estableció un procedimiento general para la evaluación periódica de contribuyentes. ¿En qué consiste?

La Administración Federal de Ingresos Públicos estableció un procedimiento para evaluar  periódicamente a los contribuyentes y responsables mediante controles sistémicos, el que refleja si el mismo tiene incumplimientos y/o inconsistencias.

La evaluación se está reflejadando en el «Estado Administrativo” de la Clave Única de Identificación Tributaria, según lo establece la reciente RG 3.832. Para acceder a la información, el Contribuyente debe acceder al servicio  «Sistema Registral», allí en «Consultas» encontrará un nuevo servicio habilitado: «Estado Administrativo de la CUIT».

El resultado indica distintos grados de acceso y operación de los servicios «web” disponibles con Clave Fiscal y los trámites de la AFIP.

Los «Estados Administrativos de la C.U.I.T.” pueden ser estos:
– Activo: Sin Limitaciones.
– Limitado por Falta de Inscripción en Impuestos /Regímenes.
– Limitado por Falta de Presentación de Declaración Jurada.
– Limitado por Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada.
– Limitado por Inclusión en «Base de Contribuyentes No Confiables”.
– Inactivo: Estado preexistente utilizado para situaciones especiales.

La evaluación periódica se realizará para sujetos con fecha de inscripción previa la 1° de enero del año inmediato anterior a la fecha de proceso.

Fuentes de información:
– Boletín Oficial
– CPCE Córdoba

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